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11-12-2009

 

 

Giorgio Trucchi

 

Estrategia regional para contrarrestar la flexibilidad laboral

SURda

Rel-UITA

 

Campaña centroamericana estudia plan común de acción. Nicaragua impulsa ley para reglamentar tercerizaciones. Estrategia regional para contrarrestar la flexibilidad laboral
Rel-UITA

La Campaña Regional contra la Flexibilidad Laboral, a la que participan más de setenta organizaciones centroamericanas, entre ellas la Confederación Sindical de Trabajadores “José Benito Escobar” (CST-JBE), de la que forma parte la Federación Unitaria de Trabajadores de la Alimentación, las Bebidas y el Turismo de Nicaragua (FUTATSCON), afiliada a la UITA, desarrolló en los días pasados un taller regional en el que se trazaron las líneas estratégicas para impulsar de manera conjunta un plan de acción para contrarrestar las diferentes formas de flexibilidad laboral.

Según Armando Zepeda López, coordinador del capítulo Nicaragua de la Campaña, “en Centroamérica estamos viviendo una verdadera ofensiva contra los derechos laborales, sindicales y contra el derecho a la negociación colectiva, así como una descomposición de las legislaciones nacionales con respecto a las formas irregulares de contratación de la fuerza de trabajo.

El objetivo de este taller –continuó Zepeda– ha sido analizar la situación y preparar un plan común a nivel regional para contrarrestar la que el empleador sigue llamando ‘flexibilidad laboral', tratando de presentarla como si fuera una solución al desempleo”.

En el comunicado de prensa dado a conocer por la Campaña se explica claramente que “las políticas neoliberales han incidido en estos últimos años en la transformación de las condiciones laborales en los países centroamericanos, favoreciendo la protección de las empresas en detrimento de los y las trabajadoras”.

Tres son las estrategias usadas para lograr este objetivo: las prácticas de las patronales de todos los sectores (flexibilidad de hecho), las reformas de ley para eliminar o disminuir los derechos que han protegido al sector trabajador (flexibilidad legal), y los dictámenes de jueces y tribunales que cada vez se pronuncian en contra de las personas trabajadoras y en beneficio de la patronal (flexibilidad jurisprudencial).

Por este motivo, en el mes de noviembre 2009 las organizaciones que conforman la Campaña presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el informe “Situación de los Derechos Laborales en Centroamérica”, elaborado por la CST-JBE, para que conociera de la situación que se está viviendo.

Datos alarmantes

En ese informe se revela que las personas centroamericanas asalariadas solo llegan al 39.3 por ciento y el 32 por ciento de esta población trabaja con jornadas de 49 horas o más a la semana. Asimismo, en Centroamérica todavía persisten precarias condiciones salariales. En promedio el 22 por ciento de la población ocupada sufre un desempleo invisible –salario por debajo del mínimo legal–, con situaciones muy graves en Honduras y Nicaragua donde este porcentaje alcanza el 31.4 y 29 por ciento respectivamente.

Con respecto al tema de genero, en 2007 la tasa de participación masculina en Centroamérica era de 1.8 veces mayor que la femenina, mientras que en América Latina era de 1.4. Entre los países, Honduras presenta las menores tasas de participación femenina con un 36 por ciento, seguida de Nicaragua con un 38,5 por ciento.

Además existe una evidente discriminación en cuanto a los salarios y prestaciones sociales. En El Salvador, por ejemplo, en 2006 el promedio del salario femenino (230.30 dólares) no sólo fue menor que el promedio salarial a nivel nacional (247.40 dólares), sino que su diferencia respecto al promedio masculino fue considerable, ya que los hombres recibieron en promedio el 13 por ciento más (260.20 dólares).

Con respecto al pago de prestaciones, solo el 29 por ciento de las personas ocupadas de la región goza de este derecho.

“En Nicaragua el incumplimiento del derecho al pago de prestaciones afecta al 66 por ciento de los asalariados –dijo Armando Zepeda López a Sirel–.

De manera particular, en el sector agropecuario de 678,191 empleados los que gozan de estabilidad relativa son apenas 125,914, es decir el 18 por ciento. El remanente 82 por ciento es temporal, con contratación irregular e ilegal. De este sector con estabilidad relativa, sólo el 14 por ciento son mujeres.

Según nuestros cálculos –continuó Zepeda– los empleadores se apropian de 426.3 millones de córdobas anuales (20.5 millones de dólares) en término de prestaciones no pagadas.

Se trata de una exorbitante nueva forma de acumulación de capital, es decir, la subcontratación sirve para aumentar el enriquecimiento de los empleadores y deja a los trabajadores y trabajadoras al desamparo de todo tipo de protección”, aseveró el dirigente sindical.

Otro tema muy preocupante tiene que ver con la persecución sindical. Según los registros de la Campaña Regional contra la Flexibilidad Laboral, dieciséis dirigentes sindicales han sido asesinados entre el 2007 y lo que va del 2009: 11 en Guatemala, 3 en Panamá y 2 en Honduras durante el periodo del gobierno de facto impuesto después del golpe de Estado.

Nueva legislación para contrarrestar y reglamentar ese fenómeno

Para contrarrestar el fenómeno de la flexibilidad laboral, la Campaña ha avanzado en la propuesta de reglamentar la materia.

“Las propuestas son diferentes en cada país y van dirigidas principalmente a los espacios legislativos para la aprobación de leyes. En algunos países se propone impulsar la aprobación de leyes que ya están en procesos legislativos, en otros habrá que crear nuevos proyectos de ley, y en otros casos, la estrategia se orienta a revertir algunas leyes que han eliminado el derecho de la estabilidad laboral de las personas trabajadoras, como por ejemplo en Panamá y Costa Rica”, cita el informe presentado a la CIDH.

En el caso de Nicaragua, la CST-JBE y FUTATSCON, con el asesoramiento de varias organizaciones y universidades, están impulsando una iniciativa de ley que actualmente está en la etapa de consulta con los diferentes sectores de la sociedad.

El principal objetivo de la “Ley de Regulación y Ordenamiento de la Tercerización, Subcontratación e Intermediación en el Empleo” es establecer “un conjunto de principios generales aplicables a estas formas de trabajo, definiendo y estableciendo una diferencia conceptual y técnica entre tercerización, subcontratación e intermediación del empleo para evitar confusiones legales.

Además –explicó Zepeda– se busca que cualquier empleador que use estas formas sea solidariamente responsable en cubrir las prestaciones y todos los derechos y reivindicaciones de ley, garantizando al trabajador independientemente de la forma de contratación”, concluyó.

Es por eso que la iniciativa de ley, que coincide en buena parte con otra iniciativa presentada por el gobierno de Nicaragua y a la que se opone la empresa privada, prevé un conjunto de sanciones para las violaciones a la ley, graduadas según la gravedad de las mismas.

Fuente: http://www.rel-uita.org/ sindicatos/flexibilidad_ laboral.htm

 

 
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